NOV
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SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION, GESTION Y EVALUACION
Dirección Provincial Para la Gestión de la Seguridad Privada
PRESTADORAS HABILITADAS
REGISTRO PÚBLICO DE CONTROLADORES DE ADMISIÓN Y PERMANENCIA
PORTAL DE TRÁMITES PROVINCIA DE BUENOS AIRES (PAGO DE TASAS DEL ORGANISMO)
NUEVO PROCEDIMIENTO DE LA DIRECCION PARA EL TRATAMIENTO DE TRÁMITES 2020
Nuevo requisito (Hoja de Ruta) para procedimiento de la dirección sobre el tratamiento de trámites 2020
Hoja de Ruta (Trámites Generales)Hoja de Ruta (capacitación)
Notificaciones
13/11/2020:
En el marco de la situación sanitaria de público conocimiento que venimos atravesando. Desde la Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada, les informamos a las empresas de Seguridad Privada y cuerpos de serenos, y según lo estipulado en el decreto 297/2020 en el cual se dispuso el Aislamiento Social Preventivo Y Obligatorio, y decreto 875/2020 en el cual se decretó el Aislamiento Social, Preventivo Y Obligatorio Y Distanciamiento Social, Preventivo Y Obligatorio, quedando prohibidas las reuniones con más de 10 personas en espacios cerrados y espacios abiertos en los cuales no se pueda respetar la distancia social impuesta en los decretos mencionados. Siendo por este motivo que en caso de tomar conocimiento de la realización de fiestas clandestinas y/o reuniones con más de 10 personas en espacios cerrados, se deberá dar aviso de forma inmediata a personal policial de jurisdicción, bajo apercibimiento de ser pasible de sanción penal o contravencional según corresponda a tenor de la legislación vigente.-
30/10/2020:
La Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada informa que, a partir del 02 de noviembre de 2020, empezaran a regir los nuevos valores de tasas administrativas. .
23/10/2020:
Se informa que a partir del día 26/10/2020 La Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada, con domicilio en la calle 56 N°370, procederá a ampliar el horario de atención al público de 08:00 A 13:00 hs de Lunes a Viernes.
Se deja aclarado que la recepción de todo tipo de trámites, contendrán efectos suspensivos y su recepción no admite prueba de conformidad alguna. La recepción de trámites se lleva a cabo al solo efecto informativo y las observaciones que pudieran corresponder y/o la aprobación definitiva de la documentación ingresada se efectivizara una vez concluido el periodo de aislamiento social dispuesto por el decreto N° 297/20 y concordantes.
Por su parte se establece que los representantes designados por las prestadoras a los fines del presente, deberán contar con el correspondiente tapa bocas para el ingreso a las oficinas de atención al público
25/06/2020:
La Dirección Provincial para La Gestión de la Seguridad Privada, informa que el día lunes 29/06/2020 las oficinas ubicadas en calle 56 Nº 370 permanecerán cerradas con motivo de llevarse a cabo la desinfección periódica. La misma sirve como instrumento de prevención para contrarrestar los efectos del virus COVID-19. Retomando la actividad el día 30/06/2020 en el horario de 8hs a 10hs.
19/06/2020:
LA DIRECCION PROVINCIAL PARA LA GESTION DE LA SEGURIDAD PRIVADA, INFORMA QUE:
Por RESOLUCIÓN N° 469-MSGP-2020, de fecha 2 de Junio de 2020, se aprobó el CONVENIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA, celebrado con fecha 21 de mayo de 2020 entre el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.-
El mismo tiene como objeto la cooperación recíproca en la programación e implementación de acciones para el logro de aportes mutuos en materia de gestión de Seguridad Privada; y a tales fines, acuerdan implementar para el mejor cumplimiento de sus objetivos, entre otras acciones, la gobernanza de la Seguridad Privada, capacitación en la materia, actividades para la investigación, desarrollo e implementación de tecnologías aplicables y fiscalización de la actividad.-
Ver RESOLUCIÓN N° 469-MSGP-2020
Ver CONVENIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA
8/06/2020:
Se informa que a partir del día 9 de junio de 2020, la dirección provincial para la gestión de la seguridad privada, reabrirá sus puertas para la atención al público, brindando un servicio de emergencia y reducido, de lunes a viernes, en el horario de 08:00 hs. A 10:00 hs.
A los trámites ingresados se les otorgará efectos suspensivos, y la recepción de los mismos, no admitirá prueba de conformidad alguna. Solo se lleva a cabo a título informativo de la dirección y tanto las observaciones que pudieran corresponder, como así también, la aprobación definitiva de la documentación ingresada, se efectivizará una vez concluido el período de aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesto por el poder ejecutivo nacional, a partir de la sanción de los decretos de necesidad y urgencia, dictados a tal efecto.
Asimismo, se deja establecido que hasta tanto no se decrete el cese definitivo del período de aislamiento al que se hace referencia en el párrafo anterior, no serán tenidos como válidos todos aquellos vencimientos que se hayan operado desde el día 19 de marzo del año en curso y hasta tanto se produzca la situación señalada. A partir de ese momento, se otorgará un plazo de 30 días (corridos) para cumplimentar y subsanar toda situación irregular que hubiera acontecido en el período indicado.
Por último, se deja de manifiesto que se mantiene en todos sus términos la disposición nº 002/2020 d.p.g.s.p., dictada por esta dirección provincial, con fecha 29 de abril del corriente, a través de la cual se dispuso, otorgar una prórroga excepcional y extraordinaria de la validez de los certificados psicológicos en las renovaciones de alta de vigiladores, así como también se dispuso con carácter excepcional y extraordinario la posibilidad de presentar, el certificado psicológico obtenido en el formato que determine el colegio de psicólogos de la provincia de buenos aires, para altas de vigiladores sin uso de arma, debiendo constar la firma y sello del profesional interviniente.
Se recuerda que tanto la solicitud de certificados, así como también cualquier tipo de consultas deberán efectuarse vía correo electrónico a la siguiente dirección: dpgsp@mseg.gba.gov.ar.
Estas medidas son llevadas a cabo con el objeto de brindar apoyo y colaboración con todo el universo que integra la seguridad privada de la provincia de buenos aires, prestadoras, trabajadores y afines; y por otro lado para continuar brindando apoyo y colaboración a las autoridades nacionales y provinciales en esta fase de lucha contra este mal que golpea no solo a nuestro país sino que al mundo entero, intentando una vez más, desalentar la utilización del transporte público, y evitar la circulación y traslado de personas en la vía pública.
27/05/2020:
La DIRECCION PROVINCIAL PARA LA GESTION DE LA SEGURIDAD PRIVADA, INFORMA QUE:
1 DISPOSICION N° 004/2020 – D.P.G.S.P., DE FECHA 27 DE MAYO DEL CORRIENTE, POR LA CUAL SE DEJA SIN EFECTO EL Registro Único de Apoderados y /o Representantes y del Registro Público de Prestadoras de Servicio de Seguridad Privada correspondientes al año 2020 DISPUESTO POR DISPOSICION N° 003/2020 – D.P.G.S.P., DE FECHA 4 DE MAYO DE 2020.
Ver DISPOSICION 004/2020. – D.P.G.S.P.
2 A partir del día de la fecha se ha dispuesto, hasta nuevo aviso, el cierre total de las oficinas situadas en Calle 56 N° 370, de la Ciudad de la Plata.
3 Las inspecciones que se lleven a cabo a partir del día de la fecha y hasta nuevo aviso, solo se limitarán a verificar el cumplimiento DE LA DISPOSICION N° 001/2020 – D.P.G.S.P., la cual establece: LA OBLIGATORIEDAD POR PARTE DEL PERSONAL DE LA SEGURIDAD PRIVADA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DE LA UTILIZACIÓN EN EL ÁMBITO DE SUS FUNCIONES DE UN KIT DE BIOSEGURIDAD DURANTE LA VIGENCIA DEL DECRETO P.E.N. N° 355/2020 y sus prórrogas.
Estas medidas, se llevan a efectos de brindar apoyo y contribuir, con el Poder Ejecutivo Nacional y Provincial en las decisiones tomadas respecto a la pandemia (covid-19) que golpea al mundo, siempre con el objeto de desalentar la utilización del transporte público, evitar la circulación y el traslado de personas en la vía pública; y aportar nuestra absoluta colaboración en post del cumplimiento del ASPO, y con el total convencimiento de que “ESTA GUERRA LA GANAMOS ENTRE TODOS”.
21/05/2020:
SE INFORMA QUE TODAS LAS CONSULTAS RELACIONADAS AL REGISTRO PUBLICO DE PRESTADORAS DE SEGURIDAD PRIVADA – 2020 - DEBERAN EFECTUARSE VIA CORREO ELECTRONICO A LA SIGUIENTE DIRECCION: dpgsp@mseg.gba.gov.ar. LAS REPUESTAS SERAN BRINDADAS EN UN PLAZO NO MAYOR A 48 HORAS HABILES.
15/05/2020:
Por intermedio de la presente, la Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada informa que a través de gestiones llevadas a cabo desde esta Oficina, con la DIRECCIÓN REGISTRO DE ANTECEDENTES PERSONALES DE LA PROVINCIA DE BS. AS, se ha dispuesto que desde el día lunes 18/05/2020 en el horario de 8:00 a 19:00 horas, se retomará la recepción de trámites para todos aquellos interesados que integran la seguridad privada de esta provincia. En el mismo sentido, esta Dirección Provincial ha resuelto AMPLIAR SU HORARIO DE RECEPCIÓN DE TRÁMITES DE 8:00 A 12:00 HORAS, en las oficinas ubicadas en Calle 56 N° 370, de la Ciudad de La Plata.
11/05/2020:
Por intermedio de la presente se informa que a partir del día de la fecha, el trámite de “SOLICITUD DE CERTIFICADO” deberá ser requerido vía correo electrónico a la siguiente dirección: dpgsp@mseg.gba.gov.ar, adjuntando la constancia de pago correspondiente; una vez recepcionado y corroborado el mismo, se procederá a su confección; y podrá ser retirada por el requirente o persona designada al efecto en un plazo de 48 horas hábiles, contadas desde el momento que fuera solicitado. La entrega se llevará a cabo de forma “PERSONAL”, en las oficinas de esta Dirección Provincial, sitas en Calle 56 N° 370 de la ciudad de La Plata en el horario de atención al público; dejándose constancia que serán reconocidos y tendrán validez, solo aquellos CERTIFICADOS que cuenten con la FIRMA Y SELLO ORIGINAL DEL DIRECTOR/A del área correspondiente y/o a quien este/a designe para tal fin y por razones fundadas, debiendo esta situación, contar expresamente en el documento.
08/05/2020:
Por intermedio de la presente, se informa que la Dirección de Fiscalización dependiente de esta Dirección Provincial, continúa con las tareas de FISCALIZACION de Objetivos y Sedes declarados por las empresas prestadoras de seguridad privada en toda la provincia de Buenos Aires. En caso de corresponder por el incumplimiento a la Ley 12.297 y Decreto Reglamentario, se aplicaran las sanciones previstas en la normativa vigente. Por otro se informa que aquellas personas físicas o jurídicas que contraten servicios que no se encuentren debidamente en regla serán pasibles de las mismas sanciones que se apliquen a dichas prestadoras (Art. 20. Ley 12.297).-
06/05/2020:
REGISTRO PÚBLICO DE PRESTADORAS DE SEGURIDAD PRIVADA 2020
29/04/2020:
POR INTERMEDIO DE LA PRESENTE SE INFORMA QUE ESTA DIRECCION PROVINCIAL, HA DISPUESTO A TRAVES DE LA DISPOSICION Nº 002/2020.- D.P.G.S.P., OTORGAR UNA PORROGA EXCEPCIONAL Y EXTRAORDINARIA DE LA VALIDEZ DE LOS CERTIFICADOS PSICOLOGICOS EN LAS RENOVACIONES DE ALTA DE VIGILADORES, ASI COMO TAMBIEN SE DISPUSO CON CARÁCTER EXCEPCIONAL Y EXTRAORDINARIA LA POSIBILIDAD DE PRESENTAR, EL CERTIFICADO PSICOLOGICO OBTENIDO EN EL FORMATO QUE DETERMINE EL COLEGIO DE PSICOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, PARA ALTAS DE VIGILADORES SIN USO DE ARMA, DEBIENDO CONSTAR LA FIRMA Y SELLO DEL PROFESIONAL INTERVINIENTE.
VER DISPOSICION Nº 002/2020 D.P.G.S.P.
17/04/2020:
CONFORME A LA PANDEMIA DECLARADA POR LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) CON RELACIÓN AL CORONAVIRUS - COVID-19 – SE INFORMA QUE A TRAVES DE GESTIONES LLEVADAS A CABO POR ESTA DIRECCION CONJUNTAMENETE CON AUTORIDADES SANITARIAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y A FIN DE CONTINUAR SUMANDO MEDIDAS PREVENTIVAS A LAS YA IMPLEMENTADAS EN ESTA DEPENDENCIA, SE HA CONSEGUIDO LA VACUNA ANTIGRIPAL (CAMPAÑA – 2020), PARA LA TOTALIDAD DEL PERSONAL CIVIL – LEY 10.430 – QUE PRESTA SERVICIOS EN ESTA DEPENDENCIA UBICADA EN CALLE 56 N° 370, LA PLATA.
14/04/2020:
POR INTERMEDIO DE LA PRESENTE SE INFORMA QUE ESTA DIRECCION PROVINCIAL, HA DISPUESTO A TRAVES DE LA DISPOSICION N° 001/2020 – D.P.G.S.P., LA OBLIGATORIEDAD POR PARTE DEL PERSONAL DE LA SEGURIDAD PRIVADA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DE LA UTILIZACIÓN EN EL ÁMBITO DE SUS FUNCIONES DE UN KIT DE BIOSEGURIDAD, DURANTE LA VIGENCIA DEL DECRETO P.E.N. N° 355/2020 Y MANTENIÉNDOSE EN CASO DE PRORROGARSE.
VER DISPOSICION N° 001/2020 – D.P.G.S.P
13/04/2020:
SE INFORMA QUE A PARTIR DEL DÍA 14/04/2020, ESTA DIRECCIÓN PROVINCIAL PARA LA GESTIÓN DE LA SEGURIDAD PRIVADA, PROCEDERÁ A LA RECEPCIÓN DE TODO TIPO DE TRÁMITES, DEJÁNDOSE EXPRESA CONSTANCIA QUE LOS MISMOS CONTENDRÁN EFECTOS SUSPENSIVOS Y SU RECEPCIÓN NO ADMITE PRUEBA DE CONFORMIDAD ALGUNA, LA RECEPCIÓN DE TRÁMITES SE LLEVA A CABO AL SOLO EFECTO INFORMATIVO Y LAS OBSERVACIONES QUE PUDIERAN CORRESPONDER Y/O LA APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA DOCUMENTACIÓN INGRESADA, SE EFECTIVIZARÁ UNA VEZ CONCLUÍDO EL PERÍODO DE AISLAMIENTO SOCIAL DISPUESTO POR DECRETO N° 297/20 Y CONCORDANTES.
POR SU PARTE, SE ESTBLECE QUE LOS REPRESENTANTES DESIGNADOS POR LAS PRESTADORAS A LOS FINES DEL PRESENTE, DEBERÁN CONTAR CON EL CORRESPONDIENTE TAPA BOCAS PARA EL INGRESO A LAS OFICINAS DE ATENCIÓN AL PÚBLICO.
02/04/2020:
SE INFORMA A TODAS LA PRESTADORAS DE SEGURIDAD PRIVADA QUE AL MOMENTO DE SER INSPECCIONADOS POR PERSONAL POLICIAL DEPENDIENTE DE ESTA DIRECCION PROVINCIAL, LOS MISMOS DEBERAN EXHIBIR SU CREDENCIAL IDENTIFICATORIA.
LA NO EXHIBICION DE LA MISMA DEBERA SER DENUNCIADA AL NÚMERO TELEFONICO: (0221)-423-6153 Y/O AL MAIL: DPGSPDENUNCIAS@MSEG.GBA.GOV.AR
LA CREDENCIAL QUE DEBERA EXHIBIR EL INSPECTOR ES IGUAL A LA QUE SE EXHIBE A CONTINUACION A MODO DE EJEMPLO: .
30/03/2020:
SE INFORMA QUE A PARTIR DEL DIA 01/04/2020, LA DIRECCION PROVINCIAL PARA LA GESTION DE LA SEGURIDAD PRIVADA, REABRIRA SUS PUERTAS PARA LA ATENCION AL PUBLICO, BRINDANDO UN SERVICIO DE EMERGENCIA EN EL HORARIO DE 08:00HS A 10:00HS, EN SUS OFICINAS DE CALLE 56 Nº 370, LA PLATA. SE DEJA ESTABLECIDO QUE SOLO SE ATENDERAN, SIN EXCEPCION ALGUNA, AQUELLOS TRAMITES QUE POR SU NATURALEZA REVISTAN CARÁCTER DE “MUY URGENTES”.
POR OTRA PARTE, SE INFORMA QUE EN CASO DE OPERAR VENCIMIENTOS, LOS MISMOS DEBERAN REGULARIZARSE EN LOS 30 DIAS (CORRIDOS) UN VEZ FINALIZADA LA CUARENTENA, NO VENCIENDO LOS TRAMITES DURANTE LA MISMA. PARA CUALQUIER TIPO DE CONSULTAS, CUALQUIERA FUERA SU INDOLE, SERAN EVACUADAS VIA CORREO ELECTRONICO A LA SIGUIENTE DIRECCION: dpgsp@mseg.gba.gov.ar
21/03/2020:
Por intermedio de la presente se solicita a la empresas prestadoras de servicios de seguridad privada en el marco de la cuarentena nacional dictada por el Decreto N° 297/20, que presten colaboración y asistencia en aquellos objetivos ubicados en barrios privados, clubes de barrio, y afines; a efectos de evitar la circulación en los mismos, así como también el agrupamiento de personas en cualquier tipo de actividad, ya sea en los club house, gimnasios, canchas de cualquier índole, así como también todos aquellos lugares de uso comunitario.
Lo expuesto en el párrafo anterior, se lleva a cabo con el objeto de cumplir las prescripciones legales dispuestas por el Poder Ejecutivo provincial, siendo la vigilancia privada uno de los servicios esenciales enumerados en el Decreto nacional, mencionado en el primer párrafo de la presente.
19/03/2020:
Se les comunica que las actividades de las prestadoras de servicios de seguridad privada, que se desarrollen en el territorio de la Provincia, en los términos regulados por el artículo 1ro. y 9no de la Ley 12297, y Decreto 4069/91 (Serenos Particulares) y serán consideradas complementarias y subordinadas a las que realiza el Estado Provincial, y sujetas a las políticas que se fijen con el objeto de resguardar la seguridad pública, conforme a los principios establecidos en la ley general sobre esa materia, siendo esencial el servicio prestado por el personal de vigilancia privada.
Las prestadoras de seguridad deberán proveer SIN EXCEPCION a la totalidad del personal de vigilancia privada de los insumos sanitarios (barbijos, guantes descartables, sanitizante, y demás) a los fines de resguardar la salud pública con motivo de la situación sanitaria mundial. El incumplimiento de las medidas de seguridad por parte de las prestadoras y serenos particulares dará lugar al inicio de actuaciones contravencionales a la legislación vigente.
18/03/2020:
Muy Importante Por razones de publico conocimiento, en virtud de la contingencia nacional en el ámbito de la salud publica, derivada de la pandemia generada por el virus Coronavirus (COVID-19), se informa que todas aquellas solicitudes ingresadas ante esta Dirección Provincial, cualquiera sea su índole, se encontraran en proceso de resolución. Esto a efectos de ser presentado ante quien corresponda.
10/02/2020:
“MUY IMPORTANTE”
EN EL DIA DE LA FECHA,SE INFORMA QUE TODAS Y CADA UNA DE LAS SOLICITUDES QUE SE LLEVEN A CABO EN LA DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION PARA LA SEGURIDAD PRIVADA DEBERAN REGIRSE Y ADECUARSE A LO DISPUESTO MEDIANTE EL “NUEVO PROCEDIMIENTO DE LA DIRECCION PARA ELTRATAMIENTO DE TRAMITES 2020”,DEBIENDO LAS MISMAS,ESTAR ENCABEZADAS POR SU “HOJA DE RUTA” CORRESPONDIENTE,SEGÚN EL MOTIVO DE LA SOLICITUD EFECTUADA.DICHA HOJA DE RUTA CONSTITUYE REQUISITO INDISPENSABLE PARA LA PRESENTACION PRETENDIDA,DADOQUE LA MISMA SERA,A PARTIR DEL MOMENTO DE LA ACEPTACION POR PARTE DEL PERSONAL DESIGNADO A TAL EFECTO,SU EFECTIVA CONSTANCIA DE INICIO DEL TRAMITE,SIRVIENDO TAMBIEN PARA SU SEGUIMIENTO E INDIVIDUALIZACION.
30/11/2018:
Se informa que el día 7/12/2018 esta dirección no atenderá al público por celebrarse el día del empleado del Ministerio de Seguridad.
07/11/2018:
Se informa que: En virtud del vencimiento del plazo establecido para inscribirse al registro publico 2018 y dado la cantidad de empresas que no se han registrado, se establece en forma extraordinaria y por única ves un nuevo plazo por lo que deberán hacerlo indefectiblemente, y sin excepción entre el 20 y el 25 de noviembre del 2018.A estas empresas se les aplicara el ART.47 IN.1 de la ley 12.297. A aquellas empresas que no se registren se les aplicara en forma inmediata el ART 56 de la ley 12.297
26/06/2018:
Se comunica que por comunicado nº 19 la Subsecretaria de Capital Humano hace extensivo sobre el “Día del trabajador del Estado” el 27 de junio de 2018, por tal motivo no se atenderá al público en la fecha mencionada.
EN EL DÍA DE LA FECHA 13/06/2018, SE INFORMA:
A partir del día de la fecha este Organismo se encuentra con insumos para la impresion de las respectivas credenciales con arma y sin arma.
EN EL DÍA DE LA FECHA 16/05/2018, SE INFORMA:
DADO EL INCUMPLIMIENTO DE LAS EMPRESAS QUE CUMPLEN SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA, MEDIANTE LA MODALIDAD DE ALARMA MONITOREADAS, QUE NO REGULARIZARON LA DECLARACION DE OBJETIVOS DE ESTOS SERVICIOS, LUEGO DE LA COMUNICACIÓN CURSADA POR EL SEÑOR MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES , Sr: CRISTIAN RITONDO, EL DIA 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO PROXIMO PASADO, Y TAMPOCO LO HAN HECHO AL MOMENTO DE PRESENTARSE EN EL REGISTRO PUBLICO 2018, QUE DEBERÁN HACERLO "INDEFECTIBLEMENTE, Y SIN EXCEPCIÓN" ENTRE EL 04 Y 08 DE JUNIO DEL 2018, CASO CONTRARIO, DE ACUERDO A LAS COMUNICACIONES EFECTUADA, POR EL SERVICIO 911 DE ESTE MINISTERIO, COMENZARAN A CONFECCIONARSE LAS ACTAS QUE DAN INICIO A LAS CAUSAS CONTRAVENCIONALES ESTABLECIDAS EN LA LEY 12.297. QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
Funciones de la Dirección Provincial
1. Organizar y controlar la política de gestión de las normas que rigen en materia de seguridad privada.
2. Coordinar el control de la fiscalización del cumplimiento de las normas que regulan la seguridad privada.
3. Aplicar el régimen de infracciones y sanciones.
4. Proponer las políticas de aplicación para el personal que realiza tareas de control de admisión y permanencia de público en general.
5. Regular la prestación de servicios de seguridad privada en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.
6. Diseñar, aprobar y supervisar los programas, planes de actualización, capacitación y formación profesional especializada, así como verificar que los mismos estén orientados a observar el respeto de los derechos humanos y las garantías constitucionales.
7. Organizar tanto el Registro Público de prestadoras de servicios de seguridad privada como el Registro Público Provincial de personal de Control y Permanencia.
Subsecretaría; Planificación, Gestión y Evaluación; Seguridad Privada, Guía de trámites